En cumplimiento del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptaron medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19:

El periodo de TRES MESES establecido, para que, aquellos clientes que hayan solicitado SUSPENSIÓN TEMPORAL O MODIFICACION del contrato de acceso (tarifa de acceso y/o potencia contratada) , SOLICITEN LA REACTIVACIÓN DE SU PUNTO DE SUMINISTRO o nueva modificación DE POTENCIA Y/O TARIFA, finaliza el próximo 21 de septiembre de 2020, por lo que para todas las solicitudes gestionadas ante Distribuidora fuera de esa fecha, EL CLIENTE NO PODRÁ BENEFICIARSE DE LA EXENCIÓN DE COSTES QUE MARCA EL REAL DECRETO, pudiendo Distribuidora liquidar derechos  en función de la solicitud presentada.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado la modificación de la circular por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad, con lo que se amplia en cinco meses, hasta el 1 de abril de 2021, el periodo transitorio que tienen las empresas distribuidoras y comercializadoras de electricidad para adaptarse a los nuevos peajes.

Inicialmente se había establecido el próximo 1 de noviembre de 2020 como fecha límite para que las empresas distribuidoras y comercializadoras de electricidad adaptaran los equipos de medida, sistemas de facturación y contratos a la nueva regulación.

No obstante, el organismo presidido por Cani Fernández ha considerado que el impacto derivado de la crisis sanitaria sobre el conjunto de los agentes, así como el retraso en la publicación del real decreto por el que se establece la metodología de cargos, a causa del estado de alarma, «hace necesario ampliar el periodo de adaptación», indicó el regulador.

El pasado mes de junio, la CNMC ya anunció su decisión de retrasar la entrada de los peajes de transporte y distribución de electricidad hasta el 1 de abril de 2021, así como los del gas natural hasta el 1 de octubre del año que viene.

De esta manera, se da más tiempo a las empresas distribuidoras y comercializadoras para la adaptación de los equipos, los sistemas informáticos y los contratos a la nueva estructura de peajes.

Asimismo, la CNMC subrayaba que se daba un plazo de tiempo «suficiente» para que, una vez superado el estado de emergencia por la pandemia, sea aprobado el real decreto por el que se establece la metodología de determinación de los cargos, trabajo que corresponde al gabinete dirigido por Teresa Ribera.

La nueva metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad representa un vuelco a la estructura vigente e introduce la discriminación horaria en todos los peajes y supone una revisión y simplificación de los periodos horarios.

Los peajes, en manos de la CNMC tras el Real Decreto de 2019 que devolvía al organismo un control sobre la configuración de los recibos domésticos y reducía la influencia política del Ejecutivo, ascienden a unos 7.000 millones de euros, aunque son solo una parte del recibo eléctrico final, ya que en la factura están también los cargos -destinados a pagar a las renovables, la deuda eléctrica o las extrapeninsulares-, que superan los 10.500 millones y sobre ellos decide el Gobierno.

Las empresas de distribución eléctrica han lanzado Datadis, una plataforma digital que por primera vez permitirá a más de 29 millones de consumidores tener acceso a sus datos de consumo eléctrico.

La plataforma ha sido creada por todas las empresas de distribución eléctrica españolas, integradas en las asociaciones aelecAseme y Cide, y facilitará a un usuario acceder a través de un canal común a la información de su consumo eléctrico, aunque tenga más de un punto de suministro y estos pertenezcan a distintas distribuidoras.

Para ello, Datadis funciona como una pasarela que accede a las bases de datos de las empresas distribuidoras, mostrando la información almacenada en ellas, evitando la duplicidad de los datos y cumpliendo con las exigencias de la regulación.

En un comunicado conjunto, las empresas destacaron que esta iniciativa conjunta tiene como objetivo «abrir un canal digital, adicional al que actualmente ofrecen las compañías, para que los clientes puedan tener acceso a sus datos, tanto de consumo de electricidad como de potencia contratada, de una manera sencilla, segura y sin costes adicionales».

En concreto, Datadis ofrece información privada de consumo, en la que el usuario podrá tener acceso a sus datos de consumo en todos los puntos de suministro. Estos datos son propiedad del consumidor y podrá gestionarlos y, próximamente, tendrá la opción de determinar si da acceso a terceros a través de esta misma plataforma (comercializadores, consultores energéticos, etc.).

Además, facilita información agregada estadística, accesible de forma pública, que permitirá obtener información de interés general a través de una serie de informes mensuales predeterminados o a través de la realización de consultas con mayor detalle.

IMPLANTACIÓN DE LOS CONTADORES INTELIGENTES

Datadis es el resultado de la apuesta por la innovación y la digitalización que han realizado las distribuidoras eléctricas durante los últimos años, especialmente tras la implantación global de los contadores inteligentes en los hogares que ha permitido al consumidor acceder a datos detallados sobre su consumo eléctrico.

El proceso de transición energética otorga al consumidor un papel mucho más determinante y las redes de distribución van a convertirse en la palanca clave del nuevo paradigma del sistema eléctrico, actuando como facilitadores neutrales de la información que requiere el consumidor para gestionar su consumo eléctrico.

Descarga en tu móvil la app gratuita YoLeoGas y con esta nueva aplicación podrás ver tú mismo la lectura del contador. La encontrarás disponible en Google Play y App Store. Cuando te registres en la app introduce tu número de CUPS, lo encontrarás en tus facturas de gas natural. Cada dos meses envía tu lectura cómodamente, haciendo una foto de tu contador desde la app. Además te avisará de cuándo tienes que enviar la siguiente foto con la lectura.

Nuevos peajes de aplicación a contratos de duración inferior a un año (suministros de temporada):

  • Aplican a AT y BT
  • Dependiendo de la duración del contrato los términos de potencia se incrementan en un porcentaje
  • Se facturan aplicando el factor de recargo de duración inferior a 3 meses y en la última factura se regulariza

Nuevo cálculo de excesos de potencia para tipos de punto de medida 4 y 5: La fórmula de excesos de potencia cambia para solo penalizar (ya no se factura el 85% de la potencia demandada si esta es inferior al 85% de la contratada y tampoco aplica el 105%).

Facturación por energía capacitiva en periodo valle (durante 1er periodo regulatorio)

  • Horariamente, factor de potencia >0,98 capacitivo en P6
  • De lo contrario, 0,05€/kVArh

Los peajes 2.0A, 2.0DHA, 2.0DHS, 2.1A, 2.1DHA y 2.1DHS:

  • Se trasladan a un único peaje 2.0TD pero ahora con dos periodos de potencia y tres de energía
  • La fórmula de excesos de potencia (para no interrumpibles como ascensores) cambia para solo penalizar (ya no se factura el 85% de la potencia demandada si esta es inferior al 85% de la contratada y tampoco aplica el 105)

El peaje 3.0A:

  • Se traslada al peaje a 3.0TD pero ahora con 6 periodos de potencia y energía, aplicando la regla Pn+1>Pn
  • Para los tipos de punto de medida 4, la fórmula de excesos de potencia cambia para solo penalizar (ya no se factura el 85% de la potencia demandada si esta es inferior al 85% de la contratada y tampoco aplica el 105).
  • Aplica la facturación de energía reactiva pero la excepción es ahora en el P6

El peaje 3.1A:

  • Si conectado a tensión inferiores a 30kV se traslada al nuevo peaje 6.1TD
  • Si conectado a tensiones entre 30kV y 36kV se clasifica en el nuevo peaje 6.2TD

El peaje 6.1A:

  • Se traslada a la tarifa 6.1TD pero sin condición sobre potencia contratada
  • Aplica la penalización por capacitiva

Adaptación de la potencia a los nuevos peajes, en tanto los consumidores no adapten sus potencias:

  • Para los PS con antiguo peaje 2.0X y 2.1X: La potencia en P2 será igual a la potencia que tengan contratada a la entrada en vigor de la Circular (Implantación de peajes).
  • Para los PS con antiguo peaje 3.0A y 3.1A:

o     La potencia en P1 será la que tuvieran contratada en el P1

o     La potencia en P2, P3, P4 y P5 será la que tuvieran contratada a la entrada en vigor en el P2. No obstante, si esta potencia fuera inferior a la potencia del P1, le aplicará la potencia del P1.

o     La potencia en P6 será la que tuviera contratada en P3 a la entrada en vigor. No obstante, si esta potencia fuera inferior a la potencia del P5, le aplicará la potencia del P5.

  • El consumidor tendrá derecho a adaptar las potencias contratadas por periodo horario a los definidos en la circular sin coste alguno independientemente de si hubiera realizado un cambio de potencia en los doce meses anteriores.

La referencia a “sin coste alguno” aplica al ámbito de la Circular. Es decir, peajes de acceso. Los derechos de acceso no son del ámbito de la Circular.

Reclasificación de los antiguos peajes 3.1A.

  • Nueva clasificación:

o     Si conectado a tensión inferiores a 30kV se traslada al nuevo peaje 6.1TD

o     Si conectado a tensiones entre 30kV y 36kV se clasifica en el nuevo peaje 6.2TD

Las empresas distribuidoras comunicarán a las comercializadoras, antes del 1 de noviembre de 2020, el momento en el que se ha adaptado el EdM.

Para la facturación, está propuesta que todavía no APROBADO, lo siguiente:

Cierre de la facturación a 31/10/2020.

  • Se propone cerrar el ciclo de facturación de todos los PS el 31/10/2020 independientemente del número de días incluido en ese ciclo de facturación.
  • Por ejemplo, si el ciclo anterior finalizó el 25/10/2020, esa factura de cierre con los peajes del RD 1164, tendrá un ciclo de facturación del 25/10/2020 (excluido) al 31/10/2020 (incluido).
  • No obstante, se propone mantener los ciclos de facturación (pare evitar el acompasa miento en la facturación de todos los PS). De manera que el siguiente ciclo de facturación con los peajes de la Circular 3/2020 para el PS del ejemplo fuera desde el 31/10/2020 (excluido) hasta el 25/11/2020 (incluido).
  • A excepción de los TPM 3 que se propone pasar a facturación mes natural (como las tarifas 6.XTD), debido a la formulación de los excesos de potencia).

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